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25M: Mándale un mensaje a Europa

El próximo domingo 25 de mayo todos los ciudadanos catalanes estamos convocados a las urnas para escoger a nuestros representantes en Europa, un ámbito en el que se deciden y se debaten cuestiones relevantes y que inciden directamente en la vida diaria de los ciudadanos. Las elecciones, de cualquier tipo, son una oportunidad para que los ciudadanos podamos debatir, participar, expresarnos y decidir sobre aquello que nos afecta.
En Cataluña, además, existe una importante demanda para poder decidir nuestro futuro colectivo. Los ciudadanos queremos ser escuchados, que se nos tenga en cuenta. El próximo 9 de noviembre está prevista la celebración de una consulta para conocer la voluntad de la mayoría de los catalanes. Pero el gobierno español y las instituciones del estado ya han manifestado reiteradamente su escasa voluntad para escuchar a los ciudadanos catalanes.
El 25 de mayo podremos enviar un mensaje a Europa. Súmate anima a la ciudadanía a expresarse, a demostrar que en Cataluña queremos participar y ser escuchados y tenidos en cuenta, y por ello expresa su apoyo a los partidos y coaliciones que se presentan y que defienden nuestro derecho a decidir.
Porque queremos que nos escuchen, queremos votar para poder votar.
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La Unión Europea debe respetar las nuevas naciones

No hay ninguna base para excluir a Cataluña y Escocia de la UE si votan por la independencia. Su pertenencia a España y Gran Bretaña es un asunto español y británico, en el que la UE no tiene competencia.

Han habido numerosos rumores sobre la expulsión de escoceses y catalanes de la UE si votan a favor de la independencia respecto a Gran Bretaña  y España.
Recientemente, el presidente de la Comisión Europea, Manuel Barroso, se vió obligado a presionar a los escoceses. Especialmente España protege la unidad del país y está presionando para que la UE apoye a los actuales estados miembros, en lugar de permanecer neutral en la disputa entre los diversos pueblos de los países miembros.
Las amenazas de exclusión de la UE son puramente políticas. No hay base legal alguna en los tratados de la UE para expulsar de la Unión a un pueblo. Este extremo tan solo podría ocurrir legalmente mediante una modificación de los Tratados vigentes por unanimidad de los 28 estados miembros.
Este también fue el método por el que Groenlandia se retiró de la CE el 1 de enero de 1985 tras un referendum en febrero de 1982.
Del mismo modo, no hay ninguna disposición en los tratados sobre la concesión de derechos a las regiones que se convierten en estados. También esto requiere de una enmienda unánime de los tratados. Por tanto, se deberá encontrar una solución común.
Hay bases legales fuertes para resolver un conflicto de estas características. Según los tratados, todos los países europeos tienen el derecho de perteneeer a la UE si cumplen con diversos criterios.
Cataluña y Escocia evidentemente cumplen todos los criterios, ya que las leyes de la UE están en vigor en ambas regiones, por encima de toda la legislación regional y nacional. Así es ahora, y así será también cuando hayan votado por la independencia. 
La más importante de las preguntas abiertas de la negociación será la representación de las nuevas naciones en los órganos de la Unión. ¿Se deben tratar como naciones independientes y tener sus propios miembros en la Comisión Europea, Consejo de Ministros así como sus propios miembros en el Parlamento Europeo? ¿Deberían solicitar ser miembros siguiendo las directrices de los tratados para la admisión de nuevas naciones? En este caso, Escocia y Cataluña se verían obligadas a aceptar el euro como moneda. Gran Bretaña y Dinamarca cuentan con excepciones. Nosotros [los daneses] podemos decidir si queremos substituir las coronas por la moneda comunitaria. Los nuevos estados miembros no lo pueden decidir
Cataluña tiene el euro pero no tiene ninguna intención de contar con moneda propia. Escocia utiliza la libra británica y si se independiza deberá hacer un acuerdo con Gran Bretaña, crear una moneda propia o bien aceptar el euro.
Cuando en 1993 Checoslovaquia se dividió en Chequia y Eslovaquia, los dos nuevos países fueron tratados como naciones independientes. Los dos obtuvieron más tarde una representación correspondiente a la de otros países de la misma población. No se les castigó por el hecho de haberse separado.
Muy al contrario, los dos países obtuvieron en conjunto una representación mucho mayor que si hubieran solicitado la admisión como Checoslovaquia.
Si Cataluña  y Escocia reciben un trato menos favorable, pueden ir al Tribunal de Justícia de la Unión Europea y quejarse por discriminación respecto a otras naciones. No será fácil encontrar argumentos legales para rechazar un caso como este. La discriminación nacional está explícitamente prohibida por los tratados.
El Derecho de autodeterminación de los pueblos es un derecho internacional también reconocido por la UE. 
¿Significa esto que cualquier enclave puede formar su estado propio y reclamar los derechos de estado? ¿Puede la City de Londres independizarse de Gran Bretaña y obtener representación propia en la UE y en Naciones Unidas? Difícilmente, ya que no se trata de una nación con un pueblo diferenciable respecto a Gran Bretaña como unidad nacional especial.
Puede haber casos que estén en el límite y se hagan difíciles de decidir. Pero nadie puede poner en duda que tanto Escocia como Cataluña son dos naciones viables.
Gran Bretaña ha decidido que Escocia pueda votar sobre la independencia. Cataluña ha decidido lo mismo, pero España está en contra.
Escocia puede convertirse en un país como Dinamarca y añadirse a la cooperación nórdica y estar representada en la UE como lo está Dinamarca en la UE y en Naciones Unidas. Con un comisario, un puesto en el Consejo de Ministros y 13 representantes en el Parlamento Europeo. Para obtener esta representación es necesaria la revisión unánime de los tratados para la inclusión de nuevos estados miembros. Pero el punto clave radica en que los nuevos países ya forman parte de la UE.
No hay ninguna base para excluir a Cataluña y Escocia de la UE si votan por la independencia. Su pertenencia a España y Gran Bretaña es un asunto español y británico, en el que la UE no tiene competencia. En cualquier caso, las competencias españolas y británicas no son suficientes para expulsar de la UE dos naciones por el hecho de votar a favor de la independencia.
Los dos estados madre también estarían, por tanto, obligados a encontrar una solución si Escocia y Cataluña deciden independizarse.
El hecho de que la independencia se contagie a los vascos y otras naciones, y surjan muchos pequeños estados en la UE, llevará a una revisión general de la representación de los países de la UE. Los países grandes han mostrado reticencias a que todos los estados miembros tengan un comisario.
Probablemente se convocará una reunión de gobiernos de los estados miembros de la UE en 2015 por otros motivos. 
El Parlamento Europeo quiere volver a intentar convertir los tratados en una consitución.
Alemania quiere tener el control sobre las leyes de presupuestos de los diferentes países como condición para continuar con la contribución alemana a la supervivencia del euro. Si Escocia y Cataluña deciden independizarse, puede producirse un debate específico sobre cómo se deben organizar tanto las naciones como las regiones europeas.
La UE prohibe la discriminación contra las minorías nacionales, y esta directriz la considero fruto de mi obra en la UE. Fui invitado a hablar a la minoría alemana en Dinamarca, en su centro de enseñanza en Sankelmark, en el sur de Schleswig (Alemania). Les tenía que hablar de políticas agrarias en la UE y lo hice en sønderjysk [dialecto danés del sur de Jutlandia] que es la lengua común entre daneses y alemanes de la región fronteriza. Durante la pausa comí con el líder de la minoría danesa del sur de Schleswig, Anke Spoorendonk, y el líder de la minoría alemana del norte de Schelswig (Dinamarca), Hans Heinrich Hansen. Nos pusimos de acuerdo en formular una propuesta de prohibición de discriminación de las minorías nacionales en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
Formé parte de las dos convenciones y no tuve dificultades en llevarlo a cabo. La disposición fue posteriormente incluída en el Tratado de Lisboa. De joven, con una mentalidad danesa en Aabenraa (Dinamarca), jamás habría soñado que habría colaborado a crear unos derechos conjuntos para danesos y alemanes en la región fronteriza y para todas las nacionalidades de la UE. A menudo he hablado en otros países sobre la forma ejemplar como hemos resuelto el tema fronterizo entre Dinamarca y Alemania.
Hans Peter Hansen, fue un gran referente para los habitantes del sur de Juntlandia antes de la reunificación [cambio de dominio alemán a danés de la región de Nordschleswig/Sønderjylland en 1920 mediante referendum] ya que estableció buenas relaciones con los miembros alemanes del Reichstag en Berlín, mientras que nunca dejó de lado su labor: conseguir que mis abuelos y otros pro-daneses del norte de Schleswig volviesen a Dinamarca. Los de mentalidad alemana aceptaron la redefinición de las fronteras porque así se decidió por votación en tres zonas.
H. P. Hansen tan solo quería a aquellos que se sintieran daneses. Respetó a nuestros vecinos alemanes, incluso después de haber caído en la Primera Guerra Mundial. Mi abuelo fue herido como soldado alemán durante la Guerra, pero yo nunca le oí decir ni una mala palabra contra los alemanes. Somos dos naciones diferentes y nos sentimos mejor como buenos vecinos. Los daneses entienden los principios de las minorías nacionales, las fronteras y el derecho de autodeterminación de los pueblos. Ojalá estos principios se puedan extender a toda Europa. Con o sin Escocia y Cataluña como naciones independientes.

Jens-Peter Bonde
Ex diputado del Parlamento Europeo

Fuente: Jyllands Posten 05.03.2014
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La opinión expresada en este articulo pertenece únicamente a su autor/a y no refleja necesariamente la posición de SÚMATE como colectivo.
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Un estudio francés cuestiona que se pueda expulsar a Cataluña de la UE

Un estudio francés cuestiona que se pueda expulsar a Cataluña de la UE

Politique Étrangère publica un estudio del ex jefe de gabinete del ministerio para Asuntos Europeos.
Da argumentos jurídicos para impedir la expulsión de Cataluña y Escocia de la Unión Europea.

El debate sobre qué podría pasar después de la independencia de Escocia y Cataluña continua vivo. La última aportación es un artículo de Yves Gounin en Politique Étrangère, la prestigiosa revista francesa. Da un seguido de argumentos, algunos de los cuales nuevos y muy interesantes, que contradicen la expulsión automática de Cataluña y Escocia de la Unión Europea. El artículo de Gounin es particularmente importante por su pasado político. Hasta 2012 fue jefe de gabinete del ministro francés de Asuntos Europeos y actualmente es consejero de Estado.

El artículo de Gounin introduce elementos nuevos en el debate desde una perspectiva muy neutra políticamente. El autor entiende que para la Unión Europea la situación de Cataluña, Flances y Escocia es un asunto muy complicado, pero al mismo tiempo expresa muy claramente que no se les puede tratar igual que a Moldavia, Montenegro o Turquía.
Por eso recomienda una ‘negociación de buena fe’ basada en una conclusión muy lógica: ‘Una vez superado el Rubicón de la independencia Europa solo pierde, dejando estos nuevos estados en cuarentena’. Y añade que, si bien la posición expresada públicamente por la Unión (obligación de pedir el reingreso) es clara, de acuerdo con la legislación actual, será necesario ‘encontrar una solución realista y eficaz a una eventual independencia’. 
Y considera que esta solución tiene que ser una negociación simultánea de la independencia y de la adhesión a la Unión Europea, de manera que, sin haber una integración automática, tampoco se rompería la continuidad de la pertenencia de los ciudadanos afectados a la Unión Europea.

Argumentos a favor de la adhesión automática

Gounin introduce una serie de argumentos muy interesantes en favor de la adhesión automática de Cataluña y Escocia en el caso de hacerse independientes:
    — Imponer una negociación de acceso significaría excluir a Cataluña y Escocia de la Unión transitoriamente, cosa que el autor dice que no es realista. Y se pregunta qué impacto tendría sobre el conjunto de Europa la creación de fronteras en Cataluña.
    — Recurre al concepto de ‘ampliación interior‘ para explicar que no es comparable la adhesión de un estado que nunca ha formado parte de la Unión Europea con la de un nuevo estado que ha formado parte y donde están vigentes las leyes europeas.
    — Alude a los conceptos fundadores de la Unión: libertad, democracia, igualdad y estado de derecho para precisar que no tendría ningún sentido negar el ejercicio del derecho de autodeterminación de acuerdo con estos mismos principios, al contrario, dice que sería ‘una regresión democrática’.
    — Remarca que el hecho de que la Unión Europea consitucionalmente se defina no únicamente como unión de estados, sino también de ciudadanos, y afirma que retirar la ciudadanía europea a los catalanes o a los escoceses iría en contra de la jurisprudencia constructiva emitida por la Corte de Justícia de la Unión Europea.

Notícia publicada en Vilaweb

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Cataluña y la Unión Europea: posibles escenarios de futuro

El debate sobre las consecuencias que tendría para la Unión Europea una posible declaración de independencia de una parte del territorio de un estado miembro se encuentra, ahora mismo, muy polarizado. Buena parte de las aportaciones que se han hecho plantean que se produciría una exclusión sine die del nuevo estado, sobre la base de un conjunto de consideraciones que conviene analizar con un cierto detalle. Esto nos permitirá poner un poco de luz en un debate que se ha polarizado excesivamente, influido por el deseo de unos y otros de dar argumentos en contra o a favor de la independencia.

Es necesario decir, primero, que no existe ninguna norma general de derecho internacional ni ninguna norma de la Unión Europea que regule expresamente esta situación concreta. Por tanto, ninguna norma impide que un estado surgido de un proceso de independencia de un estado miembro de la Unión Europea pueda convertirse en un nuevo miembro, sin tener que superar un proceso de adhesión como si se tratase de un tercer estado del todo ajeno al proceso de construcción europea. Ahora bien, los que no lo ven así se basan en los dos argumentos siguientes.
En primer lugar, el gobierno español ha invocado el artículo 4.2 del Tratado de la Unión Europea (TUE) para afirmar que es contraria a derecho de la Unión Europea cualquier declaración unilateral de independencia de un territorio de un estado miembro si no se ha hecho de manera pactada. Afirma que este artículo funciona como una norma de remisión, de tal manera que todo aquello relativo a la identidad nacional — incluyendo las estructuras fundamentales políticas y constitucionales de los estados miembros y todo aquello que tenga que ver con las funciones esenciales de los estados, especialmente el mantenimiento de la integridad territorial, del orden público y la salvaguarda de la seguridad nacional— se incorpora en el ordenamiento jurídico de la Unión Europea como principios fundamentales que impedirían aceptar declaraciones unilaterales de independencia que los violen. Esta interpretación del artículo 4.2 del TUE no es la adecuada porque en realidad este precepto únicamente establece una reserva absoluta de la competencia sobre estas cuestiones en favor de los estados miembros, de tal manera que la Unión Europea no podrá hacer ningún tipo de acción que afecte a estas cuestiones. Ahora bien, si el nuevo estado ya se ha constituido nada impide a la Unión adoptar una decisión sobre sus relaciones mútuas.
En cambio, el gobierno español olvida que el artículo 2 del TUE también se tendría de aplicar en este contexto. Este precepto establece los valores que deben respetar la Unión Europea y los estados miembros en las actuaciones respectivas. Y entre los valores citados encontramos el principio democrático. En este sentido, la negativa de un estado miembro de convocar una consulta para decidir sobre la independencia de un territorio o de atender a la voluntad inequívoca de la mayoría de la ciudadanía podría suponer, según estándares internacionales, una vulneración del principio democrático previsto en este artículo, y según como se haya producido sobre el papel se permitiría aplicar el mecanismo de control y de sanción previsto en el artículo 7 del TUE, en caso de violación grave y continuada de los valores previstos en el artículo 2 por parte de un estado miembro.
En segundo lugar, también se ha afirmado que en caso de creación de un estado en la Unión Europea sería necesario aplicar el artículo 49 del TUE, relativo a las nuevas solicitudes de adhesión a la UE, pero no perciben la inadecuación de este precepto para resolver las ampliaciones que surgiesen de un proceso de separación en el seno de la Unión Europea. En efecto, este artículo no solo pretende articular la adhesión de un nuevo estado, sino también facilitar que este proceso se desarrolle garantizando la correcta adaptación a la nueva situación por parte de todos los actores implicados, cosa que no es necesaria cuando hablamos de un territorio donde el derecho de la Unión Europea ya se aplicaba con total normalidad. Así pues, parece que la defensa de la aplicación del artículo 49 del TUE es claramente instrumental, con el objetivo de visualizar la posibilidad de veto a la ampliación o el largo periodo de tiempo que el nuevo estado debería esperar fuera de la Unión hasta que acabase todo el proceso de ejecución del tratado de adhesión.
Hasta ahora, la única institución europea que se ha pronunciado ha sido la Comisión. Y lo ha hecho para decir que solo se manifestará sobre las consecuencias jurídicas que tendría para la Unión Europea la creación de un nuevo estado, surgido de la separación de un estado miembro, si se formula una petición expresa por parte de un estado miembro donde se detalle un escenario concreto. Cosa que no se ha producido hasta ahora. Lo que la Comisión nos dice, entre líneas, es que no hay una respuesta única y que todo dependerá de las circunstancias de cada caso concreto. 
Así mismo, la Comisión Europea sostiene que el nuevo estado independiente se consideraría un tercer estado, en el cual no se aplicarían los tratados de la Unión, y hace una remisión genérica al procedimiento de ampliación previsto en el artículo 49 del TUE, pero sin afirmar de manera contundente que fuera necesario aplicarlo para hacer frente a una situación de este tipo. Desde el punto de vista jurídico, esto no nos puede sorprender en absoluto: es evidente que para aplicar el derecho de la Unión Europea al nuevo estado es necesario que este lo solicite y que la Unión Europea lo acepte. La cuestión clave radica en determinar cómo se articularía este proceso y su duración. Y es en este punto cuando se empiezan a confundir las cosas por parte de aquellos que pretenden utilizar esta cuestión para provocar el pánico entre los ciudadanos respecto a las catastróficas consecuencias que tendría un eventual proceso de independencia.
Los unionistas defienden que la exclusión de la Unión Europea sería definitiva o que se alargaría mucho tiempo si la independencia se produjese fruto de una declaración unilateral, porque el ingreso de un nuevo estado no solo contaría con el veto del estado predecesor, sino también el de otros que tuviesen tensiones territoriales. Lo cierto es que una secesión no pactada puede condicionar enormemente la respuesta de la Unión, como también lo podría hacer el comportamiento antidemocrático de un estado miembro que hubiese forzado una declaración unilateral de independencia como única salida para implementar la voluntad democrática mayoritaria de los ciudadanos de un territorio. Ambas situaciones serían del todo indeseables en un contexto de verdadera democracia y obligarían a las instituciones europeas y a los estados democráticos a pronunciarse.
Si llegase la petición del nuevo estado para formar parte de la Unión, esta se vería obligada a responder y, para hacerlo, debería tener en cuenta factores tan diversos como las circunstancias concretas del proceso de independencia, el respeto al principio democrático que establece el artículo 2 del TUE y las consecuencias sociales, jurídicas, políticas y económicas que tendría la decisión, tanto para la misma Unión, como para los ciudadanos y las empresas de los estados miembros. La decisión de la Unión Europea puede ir desde la exclusión definitiva hasta la adhesión simultánea, pasando por soluciones transitorias que facilitasen la aplicación del derecho de la Unión en el territorio del nuevo estado mientras no se modificase el conjunto de normas que permitirían la adaptación definitiva a la nueva situación del estado predecesor y del nuevo. Los tratados fundacionales de la Unión y la práctiva de la propia organización permitirían utilizar diversas fórmulas y procedimientos para implementar cualquiera de estas respuestas.
En caso de que la decisión de la Unión fuese la exclusión definitiva, los intereses económicos y sociales de los estados miembros y del nuevo estado podrían quedar afectados muy negativamente. Pero el problema se podría resolver con la adopción de una solución pragmática que evitase la ruptura entre la Unión y el nuevo estado, siempre que este cumpliese con los requisitos exigidos para convertirse en estado miembro y solicitase formar parte. En este sentido, parece fuera de toda lógica que en caso de independencia de un territorio de la Unión se acuerde la exclusión automática — sin tener en cuenta los efectos negativos que esto tendría para todos los actores implicados—, cuando el artículo 50 del TUE establece que, para retirarse de la Unión Europea, es necesario iniciar negociaciones para regular las nuevas relaciones mútuas con el objetivo de evitar los perjuicios que tendría para todos los estados una ruptura súbita, con el añadido que la retirada efectiva del estado solo sería posible una vez pasaran un mínimo de dos años sin haber llegado a un acuerdo.
En definitiva, y como hemos intentado demostrar, no es rigurosos afirmar rotundamente que la creación de un nuevo estado en el seno de la Unión Europea suponga la exclusión definitiva.
Alfonso Gonzalez (profesor de Derecho de la Unión Europea – URV / Col·lectiu Praga)
Artículo publicado en Vilaweb

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La opinión expresada en este articulo pertenece únicamente a su autor/a y no refleja necesariamente la posición de SÚMATE como colectivo.
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En respuesta al profesor Granell

A continuación publicamos la respuesta de Vicenç Aparicio al professor Francesc Granell.

En respuesta al profesor Granell

En la entrevista que se publica en El País el profesor Granell hace varias afirmaciones sobre una eventual independencia de Cataluña que, por su contundencia, difícilmente pasan desapercibidas al lector.

▪ Cataluña y la Unión Europea.
Es difícil saber qué sucederá con la Unión Europea si Cataluña se convierte en un estado independiente porque no hay ningún precedente de una secesión de un territorio de un Estado miembro que forme parte de la Unión.
La Convención de Viena, de 1978, sobre sucesión de estados en materia de tratados sólo se aplica en defecto de lo que prevea la propia organización, en este caso, la Unión Europea. Y aquí, cada organización internacional tiene sus propios criterios. Por ejemplo, para formar parte de las Naciones Unidas hay que solicitar el acceso, si bien ha habido una excepción, cuando Siria se escindió de la República Árabe Unida en 1961, de la que formaba parte con Egipto. Entonces fue admitida automáticamente a las Naciones Unidas. Otras organizaciones internacionales aceptan la admisión directa si se cumplen ciertas condiciones (como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional), y otros no ponen ningún tipo de condiciones para la admisión directa (como la Unión Postal Internacional y la Organización internacional de la Energía Atómica). Las soluciones son, pues, diversas y dependen de cada organización internacional.
Ante el silencio de los tratados, una tesis que podríamos llamar contractualista, y que parece que es la que mantiene la Comisión de la UE cuando se ha pronunciado sobre esta cuestión, sostiene que , en tanto que Cataluña se convertiría en un nuevo estado que no sería parte en los tratados comunitarios , debería solicitar su admisión . Esta es la tesis que también sostiene el profesor Granell.
Ahora bien, en este caso hay que advertir que la expulsión automática de la Unión Europea sólo tendría lugar una vez Cataluña fuera reconocida como estado independiente, de lo contrario, es decir si el resto de Estados miembros siguen reconociendo la soberanía española sobre el territorio y la población de Cataluña, no podría darse esta » expulsión”. Es más, para que España pudiera expulsar de la Unión Europea una Cataluña que no ha sido reconocida como estado independiente por el resto de estados , debería modificar los tratados para excluir el territorio de Cataluña de su aplicación, lo que requiere la unanimidad de los estados miembros. Así pues, incluso siguiendo la doctrina que parece mantener la Comisión Europea, el no reconocimiento de Cataluña como estado y su expulsión de la Unión Europea son realidades incompatibles.
Tampoco sería necesario iniciar un proceso de adhesión que se prolongara en el tiempo. En la medida que una Cataluña independiente cumpliría todos los criterios de Copenhague , mediante una decisión en el seno del Consejo Europeo ( reunión de los jefes de Estado y de gobierno de los estados miembros ), que debería ser unánime, adoptada el mismo día de efectos de la independencia, se podría acordar la adhesión de Cataluña a la Unión Europea.
Otros autores defienden una tesis, que podríamos llamar institucionalista, según la cual con la secesión de una parte de un estado miembro se produce una ampliación interna de la Unión Europea, de modo que, en caso de independencia, Cataluña permanecería dentro de la Unión Europea, si bien deberá iniciar una negociación con el resto de los estados miembros para modificar los tratados en sus aspectos institucionales. La idea de fondo es que la Unión Europea es más que una organización internacional, se trata de una confederación o federación de estados, con disposiciones que no sólo se aplican a los Estados miembros, sino que también son de aplicación directa a los particulares.
En términos similares, en un dictamen del profesor Roland Vaubel, entiende que la solución que resulta compatible con los fines de integración de la Unión Europea, es la aplicación del artículo 34 de la Convención de Viena, según el cual ambos estados, tan España como Cataluña seguirían siendo miembros de la Unión Europea.
En medio de estas, se han planteado otras opciones, que también son compatibles con los tratados, como la que se formula en el dictamen del profesor Graham Avery por encargo del Parlamento Británico. Según esta propuesta, se produciría una situación transitoria en la que el Reino Unido mantendría la soberanía nominal sobre Escocia, mientras Escocia negociaría con el resto de Estados miembros la reforma de los tratados y, una vez ésta tuviera lugar, se produciría la independencia formal de Escocia.
Así pues, no hay obstáculos jurídicos que impidan que Cataluña permanezca dentro de la Unión Europea en caso de independencia. En último término, dependerá de la voluntad política de los autores.
En cualquier caso, también es bueno recordarlo, una Cataluña independiente podría acceder al mercado común incluso si no fuera miembro de la Unión Europea. En este sentido, Cataluña podría firmar con la Unión Europea un tratado comercial bilateral, que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 207 y 218 TFUE, no requiere la unanimidad de votos en el Consejo de la UE para su aprobación, sino la mayoría cualificada . No hay obstáculo jurídico para que este tratado comercial abarque las 4 libertades comunitarias: la libre circulación de mercancías, servicios, capitales y trabajadores.
▪ Cataluña y el euro.
Poco puedo añadir a lo que ya ha escrito el profesor Jordi Galí. Una Cataluña independiente puede adoptar el euro como moneda propia, y las entidades financieras que operan en Cataluña podrían acceder a la liquidez del Banco Central Europeo a través de sus sucursales abiertas en estados de la Eurozona, ya que, de acuerdo con la documentación general sobre los instrumentos y procedimientos de política monetaria del Eurosistema, publicada por el BCE, cumplirían con los requisitos para ser «entidades de contrapartida», en concreto, estar sujetas al sistema de reservas mínimas, ser solventes y cumplir con los requisitos establecidos por el BCE.
También podría acuñar monedas de euro propias, y las entidades financieras que operan en Cataluña acceder directamente a la liquidez del BCE (sin tener que hacerlo a través de sus sucursales), si Cataluña firma un acuerdo monetario con la Unión Europea, como los que ésta tiene ya firmados con Mónaco, San Marino, El Vaticano y Andorra.
Dice el profesor Granell que si Cataluña abandonara el euro y tuviera moneda propia «estaríamos condenados a la devaluación». No se entiende esta conclusión cuando Cataluña es una economía netamente exportadora. En el siguiente gráfico, con datos extraídos del INE y de la base de datos trimestral del comercio interregional de bienes C-interreg, se ve, en datos anuales, la evolución de la balanza comercial exterior de Cataluña y de España, en proporción al PIB.

A diferencia de España, Cataluña es una economía exportadora neta y, ante una salida del euro, no se ve por qué debería devaluar si con el tipo de cambio actual ya es competitiva.
▪ Cataluña y las deudas del reino de España.
Dice el profesor Granell: «No se puede decir, como hace algún ilustre colega, que la deuda es del Reino de España y que nos desentenderíamos. Entrar en el mundo sin reconocer las deudas como parte de España y las propias es incorporarse con muy mal pie en el sistema internacional. Si se entrara en esa dinámica no sé si podríamos subir pensiones o luchar contra la crisis como nos prometen”.
Hay que partir de la premisa de que si una Cataluña independiente no es reconocida como estado por España, tampoco puede suceder el reino de España en su posición deudora. Para que pueda haber sucesión en las deudas hay un acuerdo entre el estado predecesor y el estado secesionado, y de este acuerdo, que es un auténtico tratado internacional, sólo pueden ser parte los sujetos de derecho internacional, esto es, estados u organizaciones internacionales. En defecto de acuerdo, no es que Cataluña se desentienda de las deudas de España, sino que el único obligado por estas deudas frente a sus acreedores es el reino de España.
Nota adicional :
La Convención de Viena, de 1983, sobre sucesión de Estados en materia de bienes, archivos y deudas del estado, que está llamada a regular esta cuestión , no ha entrado en vigor porque no ha sido ratificada por un número suficiente de estados. En todo caso, conviene destacar que no es de aplicación a todas las deudas, sino a aquellos que están contraídos con sujetos de derecho internacional ( no con particulares ). El principio por el que opta la mencionada convención (que, insistimos, no está en vigor ), es que las deudas del estado predecesor pasan al estado sucesor en una proporción equitativa, teniendo en cuenta los bienes, derechos e intereses que pasan al estado sucesor en relación con la deuda del estado. Así pues, el criterio de reparto no sería ni el PIB ( 19% ) ni la población ( 16% ), sino la proporción de bienes, derechos e intereses que pasan a Cataluña. Los bienes que pasarían a Cataluña serían los bienes inmuebles ( edificios , infraestructuras ) ubicados en el territorio de Cataluña, los bienes muebles vinculados a estos, y los bienes muebles e inmuebles situados fuera de Cataluña «en una proporción equitativa». Asumiendo que sólo pasarían a Cataluña los bienes situados en Cataluña, el criterio de reparto que mejor se adecuaría a la Convención de Viena de 1983 sería el porcentaje de inversiones ejecutadas en Cataluña en los últimos años.

Vicenç Aparicio. Abogado, licenciado en Derecho y Administración de Empresas (UPF) y en Ciencias Políticas (UOC)
Extraído del blog de Jordi Graupera.

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De Europa no nos moverán

España cree que ha conseguido la piedra angular que hará que los «sediciosos» catalanes dejemos de soñar con quimeras: la expulsión inmediata de la UE (e incluso algunos ilustrados han dicho que también de la ONU. Supongo que hablan para gente que no conoce como funcionan estos organismos…). No soy nadie para hacer recomendaciones a España, pero sin lugar a dudas jugárselo todo a una carta y que realmente tú no controlas puede traer penosas consecuencias para ellos.

Sí, he dicho que España no controla esa carta. La posición de España llegado el momento de la independencia de Catalunya será bastante difícil y como casi siempre es de suponer que vendrá alguien de fuera a explicarles cual es la opción que más les conviene. Analicemos la situación. Es bastante probable que Catalunya salga de la UE ya que se trata de un nuevo Estado, pero incluso esta salida de la UE traería beneficios diplomáticos: para que te echen de la UE hace falta que el resto de Estados (incluidos España) te reconozcan como un país diferente. Primer triunfo, sigamos.Catalunya es un territorio que lleva 27 años en la UE y cuya legislación está enteramente adaptada al Derecho Comunitario, esto significa que la entrada de Catalunya en la UE se podría hacer en cuestión de semanas lo justo para renegociar los votos que tendríamos en el Consejo y los eurodiputados que nos corresponderían. Esto parece cienciaficción pero es cierto y si lo parece es porque contamos con que España nos vetará. Curioso que el país que tanto nos quiere y tanto se preocupa por nuestro futuro nos vete por haber decidido democráticamente su futuro. El veto tendría consecuencias para Catalunya, está claro. Pero también las tendría e importantes para España.

De acuerdo con la legislación internacional en la materia (la Convención de Viena principalmente), en caso de una independencia pactada el estado de nueva creación debe asumir la parte proporcional a su PIB en el conjunto del estado (en el caso de Catalunya el 22%) de la deuda del antiguo Estado así como también de los activos (por ejemplo obras de arte de titularidad estatal del Prado o del Reina Sofía) y si el nuevo país lo desea, todos los tratados firmados mientras estaban juntos podrán vincularle también una vez separada. Es decir si Catalunya y España se divorcian amistosamente, tendríamos que asumir el 22% de los 900.000 millones de euros de deuda española así como el 22% de los bienes del estado pero España no nos podría vetar en ningún organismo. Qué pasa si no es amistoso y España decide vetarnos? Simple y llanamente que España y quizás la UE entra en quiebra. España debería asumir sus 900.000 millones de deuda más la deuda que dejase Catalunya, es decir en total el 110% de toda la riqueza que genera España iría destinado a pagar la deuda. Realmente nos quieren hacer creer que la UE no le hará a España, llegado el momento, tragarse el orgullo y no poner en riesgo la economía de todos? Cuesta trabajo imaginar que un club económico se sentencie a muerte por el orgullo patrio de uno de los miembros…

Pongámonos en lo peor y pensemos que realmente nos expulsan de la UE y lo hacen por bastante tiempo, significaría eso que los catalanes no podremos comerciar con el exterior, ni salir de nuestro país, que no llegarán productos de fuera, que tendríamos que crear nuestra moneda…? En el caso improbable que esto sucediera (Catalunya es una de las economías más abiertas de toda la UE, tiene el PIB de Portugal o Grecia con menos población y sería contribuyente neta a la UE), nadie impediría a Catalunya firmar los tratados de libre comercio que desee y con quien desee. En ningún caso habría ni fronteras ni aranceles como no los hay con Andorra o con Suiza que no forman parte de la UE. No habría aranceles básicamente porque no interesaría a nadie: ni a nosotros ni mucho menos a España cuyo 60% de exportaciones que salen por carretera o tren salen por el paso de La Jonquera. De verdad España va a pagar por esas exportaciones aranzeles a Catalunya? Van a sacarlo todo por Irún colapsándolo? Los empresarios de la huerta de Almería, Valencia, Murcia que van hacia Centroeuropa, Italia, Balcanes…. van a asumir hacer 400-500 km más por temas patrióticos? Lo dudo. Europa tiene fórmulas como la EFTA para que países que no son de la UE tengan libre comercio con los que si forman parte (para mi sería la solución óptima para Catalunya) y también tiene la posibilidad de entrar en el Tratado de Schengen con el voto de la mayoría de los miembros. Vamos, que no veremos una Catalunya aislada del mundo ya que ni a España le interesa y existen mecanismos para que esto no sea así.

Sobre el euro se ha escrito mucho también, el debate es cuanto menos absurdo. Cualquier país puede decidir que moneda tiene, si se desea podríamos tener dólares, libras, crear nuestra propia moneda o lo que será lo más probable adoptar el Euro como lo tienen países que no forman parte de la UE (Andorra, Mónaco, San Marino…). El inconveniente de formar parte del Euro sin hacerlo de la UEM es básicamente que no podríamos influir en el BCE, pero es que ahora lo hacemos? Tiene influencia Catalunya en el BCE? Ninguna. Por cierto, muchos economistas consideran que la creación de una moneda y banco central propio sería una gran fórmula de estimular la economía… Diez años después se ha visto que el euro no es la panacea.
Como hemos visto hay muchas fórmulas para ver que Catalunya por conveniencia de unos y otros tarde o temprano estaría en la UE y mientras no lo estuviera habría fórmulas para que el cambio no fuera traumático para nadie. Incluida España.

Jaume Urós Guijarro
Extraído con consentimiento expreso de su blog
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Catalunya y Europa… Otra vez

Inmediatamente después del éxito de la Via Catalana, el Estad español ha puesto en marcha toda su maquinaria y desde todos los frentes posibles. Ahora, als catalans se nos acumula la faena y hará falta que sepamos encajar los golpes que vayamos recibiendo; que serán muchos, cada vez más fuertes y dirigidos allí donde anímicamente nos pueden hacer más daño como sociedad.

Ahora toca, otra vez, hablar de Europa. De hecho, este es un tema que puede introducir el factor de la duda entre los más indecisos, entre las personas menos informadas y, también, entre las menos formadas (y lo digo sin ningún ánimo de ofender). El miedo a quedar fuera de la Unión Europea es un miedo irracional, es cierto, pero dificilmente controlable y rebatible.
Repasemos los titulares de hoy: «Bruselas cierra la opción sobre el futuro europeo de un Estado catalán» (El País); «Advertencia de la UE a los sediciosos catalanes» (ABC); «La UE deja claro a Mas que una Cataluña independiente quedaría fuera de la UE» (La Razón); «Bruselas avisa que Catalunya podría quedar fuera de la UE» (La Vanguardia); «Ducha fría europea» (El Periódico). ¿Alguien piensa que esta coincidencia en los titulares de la prensa prodependencia es casual?
Es muy complicado cuestionar estos titulares, porque es obligado aclarar muchos conceptos para contradecir una sola frase tan clara y contundente: «si Catalunya se independiza quedará fuera de Europa». Un titular que encontramos y encontraremos constantemente en los medios prodependencia. Un titular, sin embargo, que es una gran falacia. Es cierto que algunos personajes han asegurado, más o menos explícitamente y en las últimas horas, que esto sería así, pero, ¿quienes son los transmisores? Hasta ahora Joaquín Almunia, Pia Ahrenkilde y el portavoz del Parlamento Europeo Jaume Duch.
Es decir, el primero un dirigente histórico del PSOE, la segunda una mujer que a continuación de su valoración añadió que, no obstante la posibilidad de quedar fuera de la UE, en realidad: «los tratados no prejuzgan una situación hipotética que se pueda dar dentro de un estado miembro» (este inciso se ha pasado por alto en la mayoría de medios españoles, ¡oh, casualidad!). Y, por último, Jaume Duch, de quien vale la pena leer su historial en Vilaweb.
Pero no hay que sufrir, porque no hay nada nuevo. Nada ha cambiado de ayer a hoy, excepto la ofensiva mediatica. Nos encontramos donde estábamos. A pesar de todo, pienso que hace falta ser optimistas porque hay muchos factores que juegan a nuestro favor. Y para tranquilizar a los más asustadizos, os ofrezco estas ocho claves. Si nos ponemos, seguro que encontraríamos muchas más:
1. Ningún tratado, artículo, normativa, directiva… dice en parte alguna que en un caso como el catalán, quedaríamos fuera de la UE. Tampoco se dice en ningún lado que seremos miembros de manera automática, pero, ahora, todo lo que se diga no son más que suposiciones y opiniones interesadas.
2. Los que dicen que nos echaran de Europa mienten y juegan a confundir a la opinión pública. Europa es un espacio geográfico, un continente. En todo caso, aquí estamos hablando de una sociedad de Estados que aplican políticas económicas comunes. Una sociedad o un organismo que para nada es único.
3. Y es que hace tres meses el número tres de la EFTA, Georges Baur, dejó bien claro que Catalunya sería un candidato perfecto para entrar en su organización (por cierto, ningún medio prodependencia se hizo eco de ello). La EFTA es la Asociación Europea de Libre Comercio, y la conforman Islandia, Noruega, Suiza y Liechtenstein. Reino Unido debate si salir de la UE y volver a la EFTA. En este caso hablamos de países que no han querido ser de la UE por considerar que, formando parte de ella, saldrían perdiendo.
4. Si Catalunya fuese vetada también en el tratado de libre circulación de personas, bienes, transportes, servicios y trabajadores (Acuerdo de Schengen) prácticamente el 80% de mercancías que circulan entre España y Francia deberían pagar aranceles a Catalunya. ¿Alguien realmente piensa que esto pasaría jamás? ¿Impedirá España que sus parados puedan venir aquí si encuentran un trabajo?

5. Sobre la moneda, ningún problema. Cualquier país puede usar la moneda quequiera sin pedir permiso a nadie. Si queremos usar el euro, lo usamos y punto, como hacen tantos y tantos países.
6. Un bloqueo económico a Catalunya sería dejar fuera de circulación a las miles de empresas de capital europeo que hay en Catalunya. Vaya, que los alemanes no podrán comprar tranquilamente sus propios Volkswagen fabricados en Catalunya. Absurdo, ¿no?
7. Con la secesión surgirían dos Estados diferentes: España y Catalunya- El primero, situado económicamente en el grupo de los países constantemente receptores de ayudas, en un nivel similar a Grecia o Portugal. El segundo, contribuyente neto, con un PIB equivalente a Suiza. ¿Europa querrá prescindir del segundo? No lo creo para nada.
8. España tiene una deuda enorme con la UE. Y si Catalunya queda vetada fuera de la UE, puede legítimamente no hacerse cargo de parte alguna de la deuda. Y España, evidentemente, no podrá pagar. ¿Quién puede creer que los alemanes, franceses y resto de europeos aceptarán algo parecido? Catalunya puede hacerse cargo del 16% o del 20% aproximadamente de la deuda (según si se calcula sobre población o sobre nivel de productividad), pero esto sólo será así si estamos dentro de la UE, claro. Por cierto, de la manera en que sin duda pagaremos, tanto sí como no, será si nos quedamos dentro del Estado español.
En definitiva, que ahora toca hablar de Europa. Mañana será otro tema y pasado otro más. Y ya aviso, volveremos sobre ello. Una vez y otra. Y es normal que sea así. Si Catalunya sigue en su camino tiene mucho a ganar económicamente, tanto como tiene a perder el Estado español. Es cierto que nada será fácil. Hará falta negociar y situarnos en el mapa mundial. Pero saldremos adelante. Y, por otra parte, es absolutamente lógico que el Estado utilice todas las estrategias posibles para que no nos vayamos, por convencimiento o por coacción. En esto queda claro que no tendrán manías. Y lo tenemos que asumir más pronto que tarde, porque el objetivo final bien lo merece.

Jaume Pros Fernandez (@jaume_pros) en elVallenc.cat

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Las puertas de la UE, abiertas a una Escocia independiente

Accedería rápidamente a la Unión Europea y el proceso sería mera formalidad. Esto es lo que, según diputados y representantes de los principales partidos daneses, tanto del gobierno como de la oposición, pasaria con una Escocia independiente. De hecho, el diputado Rasmus Helveg Petersen, portavoz de asuntos extranjeros de los social-liberales (que forman parte del gobierno danés) recuerda que los estados que quieran ser miembros y sean aprobados, serán miembros de la UE, según la Declaración de Copenhaguen de 1993, que es la guia para la adhesión de nuevos miembros . “Los criterios son muy objetivos. Escocia los cumpliría.”, ha asegurado.
Estas y muchas otras declaraciones se recogen en un reportaje realizado por el colectivo escocés National Collective, que reúne artistas y creadores favorables a la independencia de Escocia.  
«Estoy seguro de que la Unión Europea en general apoyaría la entrada de Escocia, y lo mismo ocurre con la OTAN. No puedo pensar que alguien creyera que no es una buena idea«, remarca Lars Bo Kaspersen, director de ciencias políticas en la Universidad de Copenhague.
En conclusión, recomendamos echarle un vistazo al reportaje  a todos aquellos que tengan dudas sobre el papel de un nuevo estado en la Unión Europea, porque, al fin y al cabo, ¿son Cataluña y Escocia tan diferentes?
Fuente: VilaWeb